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Boletín Electrónico de Información de Alerta sobre Convocatorias de I+D
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BOLETÍN FLASH I+D Nº
917
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Fecha:
Lunes, 23 de Diciembre de 2024
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CONVOCATORIA 2024 PROYECTOS COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA| AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN
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En el de 12 de diciembre de 2024 se ha publicado el extracto de la Orden de de 9 de diciembre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de ayudas a proyectos de colaboración público-privada (BDNS identif.: ), dotada con 320 millones de euros (80 millones de euros en forma de subvención, 60 millones en forma de anticipos reembolsables FEDER y 180 millones de euros en forma de préstamos).
La Universitat puede participar como subcontratada o como beneficiaria de ayuda a costes marginales en proyectos en colaboración entre organismos de investigación y empresas.
La participación en estos proyectos tiene asociada los siguientes riesgos legales y financieros (ver ), los cuales deben ser tenidos en cuenta en la decisión de presentar una solicitud de ayuda a esta convocatoria.
La versión web de este boletín (nº 917) se puede consultar .
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OBJETO
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Estas ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos de desarrollo experimental en colaboración efectiva (ver definición en el Anexo II de la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria) entre empresas y organismos de investigación, a fin de avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios.
Los proyectos deberán estar referidos a una de las 8 prioridades temáticas recogidas en el Anexo II de la convocatoria.
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BENEFICIARIOS
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Obtendrán la condición de beneficiario las agrupaciones sin personalidad jurídica de entidades públicas y privadas que realicen el proyecto en colaboración. Cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la condición de beneficiario.
Características de las agrupaciones:
- Deberán estar constituidas como mínimo por dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado, y otra una empresa.
- El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto (Coordinador) deberá ser una empresa.
- El pago de la ayuda se realizará directamente a cada participante (no a través del Coordinador), sujeto no obstante a que todos los participantes cumplan simultáneamente las condiciones para ser beneficiario.
- Los organismos de investigación tendrán derecho a publicar los resultados de los proyectos de investigación, siempre y cuando se deriven directamente de la investigación realizada por ellos.
- El personal investigador de la UPV participante en estas ayudas no deberá encontrarse en ninguna situación de o conflicto de interés (ver ) con ninguna de las empresas participantes en la agrupación.
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CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS
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a) Cuantía El Presupuesto mínimo será de 400.000 euros.
b) Participación en presupuesto - La participación mínima por entidad (incluyendo los costes de personal propio) será del 10% del presupuesto total de proyecto, siendo obligatorio que todas las entidades soliciten ayuda.
- La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser superior al 51% del presupuesto global presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% de dicho presupuesto. En consecuencia, la suma de los porcentajes de participación de los organismos de investigación (incluyendo los costes de personal propio) deberá encontrarse entre el 10 y 49% del presupuesto global del proyecto.
Nota participación en presupuesto: los requisitos de participación porcentual en presupuesto arriba indicados se refieren al importe de gastos a ejecutar por cada entidad, no al importe de ayuda solicitada.
Nota costes personal propio: aunque no sean financiables en el caso de la universitat, los costes de personal propio deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto para que computen en relación a los requisitos de cuantía y de participación establecidos en la convocatoria. En la relación de personal propio no se podrá incluir investigadores pertenecientes a otras entidades, a personal sin capacidad investigadora o a personal contratado específicamente para otras actividades.
c) Duración Los proyectos tendrán una duración de 3 años, con inicio en 2025 (la fecha de inicio deberá indicarse en la solicitud de ayuda y deberá ser posterior a la fecha de cierre de la convocatoria).
Habrá un único periodo de ejecución de gasto (sin anualidades presupuestarias ). La ayuda concedida podrá ejecutarse a lo largo de la ejecución del proyecto (el importe de ayuda concedido para cada anualidad constituirá un calendario de pagos del organismo financiador, no un programa anual de gasto a ejecutar por el beneficiario).
d) Seguimiento y justificación Habrá que presentar una única memoria técnica global a la finalización del proyecto. La justificación económica se realizará igualmente a la finalización de proyecto (no existirá justificación anual).
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CONCEPTOS FINANCIABLES
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a) Costes de personal (contrataciones) correspondientes a horas de trabajo dedicadas exclusivamente al proyecto (personal investigador, técnico y auxiliar). Grupos cotización 1, 2 y 3.
b) Gastos de amortización de aparatos y equipos (excluidos dispositivos informáticos de uso genérico: PC, portátiles, impresoras...). Se incluyen en este concepto los costes de adquisición o amortización de programas de ordenador de carácter técnico, siempre que se justifique adecuadamente su necesidad en la Memoria del proyecto. No se financia la amortización de aparatos y equipos usados cuando estos hayan sido financiados con fondos públicos.
c) Materiales (excluidos materiales de oficina y consumibles informáticos).
d) Informe de auditoría (UPV valor fijo: 250€/informe auditor).
e) Subcontrataciones (máx. 50% presupuesto de cada participante).
f) Otros costes directos (incluidos viajes*, asistencias técnicas y patentes).
(*) excluyendo viajes correspondientes a asistencias a congresos, jornadas y otras actividades de difusión.
g) Costes indirectos, calculados en el caso de organismos de organismos de investigación como un porcentaje fijo del 25 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes.
h) Costes de incorporación de doctores a empresas (exclusivo para empresas, para nuevas contrataciones de doctores con carácter indefinido). Financiación mediante subvención.
Ejecución gasto/modificaciones de la ayuda: la cuantía aprobada en el concepto de costes directos de ejecución se podrá destinar a cualquier de los conceptos de gasto elegibles, de acuerdo a las necesidades del proyecto y respetando los límites establecidos para determinados costes. No será por tanto necesario presentar una solicitud de modificación para variar el presupuesto/importe de los gastos contemplados dentro del concepto de costes directos. No será posible realizar compensaciones o modificaciones entre los costes directos e indirectos reflejados en la resolución de concesión.
NO serán subvencionables: dispositivos y licencias informáticas de uso genérico, gastos de difusión de resultados, asistencias a congresos o jornadas, gastos derivados de publicaciones, suscripciones a publicaciones o revistas científicas, estudios de mercado o de viabilidad, los costes de adquisición, mantenimiento o estudio de patentes.
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MODALIDADES DE AYUDA
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- Organismos de investigación públicos (incluye universidades públicas): subvención, anticipo reembolsable FEDER, o combinación de ambas, de hasta el 100% de los gastos marginales (no resulta financiable el personal propio). En el caso de la universitat, el importe de ayuda a solicitar resultará por tanto de descontar al presupuesto total de ejecución los costes de personal propio).
- Empresas: préstamos reembolsables, cuyo importe máximo será de hasta el 95% de los costes financiables, con un tipo de interés del EURIBOR a un año publicado el mismo día del mes anterior al de publicación del extracto de la convocatoria y plazo máximo de amortización en 10 años (con 3 de carencia).
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PROCEDIMIENTO INTERNO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
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La aplicación informática de solicitudes se encuentra limitada a usuarios con perfil de representante legal/delegado, no siendo posible la entrada de datos directamente por los investigadores. En consecuencia, se ha definido el siguiente Procedimiento interno de solicitud:
El investigador principal del proyecto/personal gestor de investigación inscrito en el ROE (registro oficial de estructuras y personal) deberá remitir al SGI (correo: colaborativos@sgi.upv.es) con fecha límite 28 de enero de 2025 la siguiente documentación:
a) Fichero Excel con el presupuesto de la UPV (Disponible en breve). Se comunicará su disponibilidad mediante un boletín Flash I+D posterior, una vez abierta la aplicación informática de solicitudes y confirmado el contenido del formulario electrónico de solicitud).
b) .
c) concedidas al proyecto.
Desde el SGI se procederá, previa revisión, a la entrada de los datos del presupuesto contenidos en el fichero Excel indicado anteriormente en la aplicación de solicitudes (requisito previo: alta por el coordinador de la solicitud y las entidades participantes) Una vez cumplimentada la solicitud y antes del cierre de la misma, se remitirá un borrador (el cual contendrá además información sobre las tareas que le haya asignado el coordinador recuperada por la aplicación de solicitudes) al investigador principal para su conformidad.
Se informa que para que el Coordinador pueda cerrar, firmar y registrar la Solicitud de Ayuda es necesario que todos los socios hayan firmado su Declaración de Conformidad de Participación, lo cual requiere que previamente el Coordinador haya subido la Memoria técnica a la aplicación informática de solicitudes. Por tanto, técnicamente no se podrán cerrar ni firmar las solicitudes de la UPV hasta que la Memoria técnica esté subida a la aplicación de solicitudes por el Coordinador.
Junto al Formulario electrónico de solicitud, deberá adjuntarse una Memoria técnica (máx. 40 páginas), con el contenido descrito en el Anexo V de la Convocatoria, la cual se recomienda que sea presentada en inglés.
IMPORTANTE: en ausencia de la obligación por convocatoria de formalización y presentación de un acuerdo de consorcio, y con objeto de formalizar las relaciones entre los socios a nivel documental y regular aspectos clave de la colaboración (p.ej. gestión del proyecto, régimen de publicaciones y confidencialidad de la información, propiedad y explotación de resultados, etc), se ha establecido como requisito interno para la aceptación por la UPV de estas ayudas la formalización de un Acuerdo de colaboración entre los socios (solicitar modelo a colaborativos@sgi.upv.es). Este Acuerdo deberá firmarse durante la fase de presentación de la solicitud (recomendado), o en todo caso una vez conocido el resultado favorable de la evaluación. El SGI será el encargado de la revisión de estos acuerdos y tramitación de firma.
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PLAZOS
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El plazo general de presentación de solicitudes se iniciará el día 15 de enero de 2025 y finalizará el día 5 de febrero de 2025, a las 14:00 (hora peninsular española).
El plazo interno de presentación de solicitudes en el SGI finalizará el 28 de enero de 2025.
Dados los requisitos de organización interna y de coordinación con otras entidades, en caso de no cumplirse el plazo interno establecido no será posible garantizar la presentación de solicitudes en el plazo general señalado en la convocatoria.
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MÁS INFORMACIÓN
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En el SGOIDi, a través de la dirección de correo electrónico colaborativos@sgi.upv.es.
En la Agencia Estatal de Investigación, consultando la y las respuestas a .
Programa de financiación alternativo a la presente convocatoria: (permanentemente abierto, subcontratación a centros de investigación, tramo no reembolsable en los préstamos, sin responsabilidad solidaria).
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