IMPORTANTE: la participación de la UPV como beneficiaria de ayuda requiere conocer la información legal y financiera contenida en el siguiente , la cual recomendamos que sea leída detenidamente antes de decidir participar en esta convocatoria. Entre los escenarios de riesgo, se encuentra:
(1) la obligación de reintegro con carácter solidario de la ayuda percibida por la UPV en el caso de que un socio no cumpla con sus obligaciones de reintegro.
(2) la revocación del derecho de cobro en caso imposibidad de uno o más de los socios de mantener la condición de beneficiario
Características de los proyectos
* Tipo de actuaciones apoyables: proyectos de investigación industrial (ver definición en punto 7 Anexo I de la convocatoria) y carácter interdisciplinar, realizados en colaboración entre empresas y organismos de investigación.
Las temáticas de los proyectos presentados deben necesariamente estar alineadas con alguno de los 18 recogidos en la convocatoria.Las propuestas presentadas, cuya Memoria técnica se presentará obligatoriamente en inglés, deberán referirse a un único tema, y cumplir con el principio de no causación de un daño significativo al medio ambiente ("DNSH").
Beneficiarios: obtendrán la condición de beneficiario las Agrupaciones sin personalidad jurídica de entidades públicas y/o privadas que realicen el proyecto. Cada miembro de la Agrupación tendrá igualmente la condición de beneficiario.
Cuantía: El Presupuesto mínimo de los proyectos será de 400.000 euros y el máximo de 2 millores de euros.
Duración: 3 años, iniciando su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. La fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en todo caso, estar comprendida a lo largo del año 2022. A nivel de ejecución presupuestaria, los proyectos tendrán un único periodo de ejecución (sin anualidades).
Intensidad ayuda: en caso de organismos de investigacion, hasta el 100% de los gastos marginales.
Gastos subvencionables: a) Gastos de personal (nuevas contrataciones) correspondientes a horas de trabajo dedicadas exclusivamente al proyecto (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Grupos cotización 1, 2 y 3), b) Gastos de amortización de aparatos y equipos (excluidos dispositivos informáticos de uso genérico: PC, portátiles, impresoras...), c) Materiales (excluidos material de oficina y consumibles informáticos), d) Informe de auditoría (293,74 euros/anualidad), e) Subcontrataciones (máx. 50% presupuesto de cada participante) f) Otros costes directos (incluidos viajes, excluyendo viajes correspondientes a asistencias a congresos, jornadas y otras actividades de difusión), g) Costes indirectos.
Nota costes personal propio: aunque no sean financiables en el caso de la universitat, los costes de personal propio deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto para que computen en relación a los requisitos de cuantía y de participación establecidos en la convocatoria. La participación de este personal requerirá la realización de partes horarios de dedicación, que deberán identificar todos los proyectos/actividades en que participe, con la dedicación horaria a cada proyecto/actividad. En la relación de personal propio no se podrá incluir investigadores pertencientes a otras entidades.
Gastos no subvencionables: a) Dispositivos y licencias informáticas de uso genérico, b) Los gastos de difusión de resultados, c) Las asistencias a congresos o jornadas, d) Gastos derivados de publicaciones, e) Suscripciones a publicaciones o revistas científicas, f) Estudios de mercado o de viabilidad, g) Los costes de adquisición, mantenimiento o estudio de patentes, h) Los gastos de solicitud de patentes generadas por el proyecto por parte de grandes empresas.
Características de las Agrupaciones
Las Agrupaciones deben estar constituidas al menos un organismo de investigación (público o privado) y una empresa.
Participación mínima en presupuesto de cada miembro de la Agrupación: 10% del presupuesto total del proyecto.
Participación máxima en presupuesto de una empresa/asociación empresarial: 70% del presupuesto total del proyecto.
No se establece un porcentaje mínimo en el balance presupuestario del proyecto entre organismos de investigación y las empresas.
Coordinador (representante único ante la Administración): cualquiera de las entidades participantes en la Agrupación (organismo de investigación o empresa)
Nota: en ausencia de la obligación por convocatoria de la formalización de un acuerdo de consorcio, con objeto de formalizar la relación entre los socios a nivel documental y regular aspectos clave de la colaboración (ej. gestión y seguimiento del proyecto, régimen de publicaciones y confidencialidad de la información, propiedad y explotación de resultados, etc), se ha establecido como requisito interno para la aceptación por la UPV de estas ayudas la obligación de formalización de un Acuerdo de colaboración entre los socios .Este Acuerdo deberá firmarse durante la fase de presentación de la solicitud (recomendado), o en todo caso una vez conocido el resultado favorable de la evaluación. El SGI será el encargado de la revisión de estos acuerdos y tramitación de firma.