Podrán solicitar esta ayuda:
a) El personal investigador que tenga vinculación contractual postdoctoral con la UPV, mediante un contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación o un contrato de investigador distinguido (regulados por el articulo 22 y 23 respectivamente de la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación)
b) El personal investigador, cuya vinculación contractual postdoctoral con la UPV esté pendiente de formalizar, por haber resultado adjudicatario o adjudicataria de ayuda para la formalización de un contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación o un contrato de investigador distinguido (regulados por el articulo 22 y 23 respectivamente de la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación).
c) No pueden ser beneficiarias aquellas personas contratadas con programas que incluyan en sus convocatorias ayudas adicionales relacionadas con la ejecución de sus proyectos y/o actividades de investigación, como los programas Ramon y Cajal, Juan de la Cierva, Plan GenT o equivalentes.