Únicamente son gastos subvencionables los incurridos a partir de la fecha de presentación de solicitud.
Conceptos susceptibles de ayuda: a)Gastos de personal correspondientes a horas de trabajo dedicadas exclusivamente al proyecto (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Grupos cotización 1, 2 y 3), b) Gastos de amortización de aparatos y equipos (excluidos dispositivos informáticos de uso genérico: PC, portátiles, impresoras...), c) Materiales (excluidos material de oficina y consumibles informáticos), d) Informe de auditoría (máx. 1200 euros por entidad y año) e) Subcontrataciones f) Otros costes directos (incluidos viajes, hasta 2.000€ por entidad/año, excluyendo viajes correspondientes a asistencias a congresos, jornadas y otras actividades de difusión, g) Costes indirectos.
La justificación de estas ayudas se realizará mediante Cuenta Justificativa con aportación de informe de auditor, siendo en consecuencia el gasto de informe de auditor un gasto obligatorio.
Requisitos proyectos a presentar
a) Cuantía: El Presupuesto mínimo será de 500.000 euros.
b) Duración: Se financiarán proyectos plurianuales. Parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2017 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2019.
c) Modalidades de financiación:
- Empresas: préstamos reembolsables (*) cuyo importe máximo será hasta 95% de los costes financibales, con un tipo de interés del EURIBOR a un año publicado un mes antes de la convocatoria y plazo máximo de amortización en 10 años (con 3 carencia). Deberán constituirse garantías para el cobro del préstamo cuando la cantidad concedida a un beneficiario supere 200.000 euros y en todo caso cuando el total concedido al proyecto supere 1.000.000 euros. No existe la posibilidad de subrogación del préstamos concedido a favor de una entidad bancaria.
(*) Para 2016, existe una partida de 9 millones de euros en concepto de subvención para todas las tipologías de beneficiarios, excepto grandes empresas, que realicen el proyecto en la siguiente regiones: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla, Principado de Asturias y Región de Murcia.
-Entidades del sector público : subvención 100% costes marginales.
-Organismos de investigación privados: subvención costes totales.
d) Participación:
- El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa.
- El pago de la ayuda se realizará de forma individual a cada participante (y no a través del coordinador como en anteriores convocatorias), si bien este pago está sujeto a que todos los participantes cumplan simultáneamente las condiciones para ser beneficiario.
- El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado.
- La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total de proyecto, siendo obligatorio que todas las entidades soliciten ayuda como mínimo en una de las anualidades..
- La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser superior al 60% del presupuesto global presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% dicho presupuesto. En consecuencia, la suma de los porcentajes de participación de los organismos de investigación deberá encontrarse entre el 10 y 39% del presupuesto global del proyecto.