Requisitos de acceso:
Los requisitos de acceso a esta titulación son los establecidos con carácter general en el Real Decreto 822/2021, en la redacción dada en su artículo 18. Asimismo, también resulta de aplicación los establecidos en la Normativa propia de Preinscripción y Admisión a los estudios de másteres universitarios en la Universitat Politècnica de València (UPV).
Para acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de máster es necesario estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
1. Título universitario oficial español de Graduado o Graduada o equivalente, o de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
2. Títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
3. De un título universitario extranjero homologado por el Ministerio de Educación por el equivalente título universitario oficial español o de un título extranjero de educación superior declarado equivalente por el Ministerio de Educación a titulación o a nivel académico universitario oficial que permite el acceso a enseñanzas de Máster.
4. De un título universitario oficial correspondiente a la ordenación previa al EEES de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 822/2021:
- Título oficial de arquitecto o arquitecta, licenciado o licenciada o ingeniero o ingeniera.
5.Con carácter excepcional, podrá ser admitido con carácter condicional el alumnado de un grado español o del EEES al que le quede por superar el TFG y como máximo hasta 9 créditos ECTS que en ningún caso de forma conjunta (TFG y asignaturas) podrán superar los 30 créditos ECTS. También podrá ser admitido el alumnado de grado que tenga pendiente de acreditar el conocimiento de lengua extranjera requerido para la obtención de un título de grado.
En ningún caso el alumnado con matrícula condicional en un máster (tanto en másteres oficiales que forman parte de programas académicos con recorridos sucesivos como en el resto de los másteres oficiales) podrá obtener el título de máster si previamente no ha obtenido el título de grado.
Requisitos generales de admisión a Máster Universitario en la UPV.
Los estudiantes que reúnan los requisitos de acceso podrán ser admitidos a un máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que establezca cada máster universitario de conformidad con el apartado 5 del artículo 18 del citado Real Decreto 822/2021.
Los requisitos y criterios de valoración propios de este título de máster universitario se han definido, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la normativa propia de Preinscripción y Admisión a los estudios de másteres universitarios en la UPV para garantizarla igualdad de oportunidades de acceso a la enseñanza para estudiantes que cumplan las condiciones de acceso.
Son criterios transparentes y objetivos y permiten seleccionar, de entre los estudiantes que lo soliciten, a los más cualificados sobre la base del expediente y los méritos acreditados y en condiciones de comparabilidad de dichos expedientes y méritos.
La admisión en este máster no implicará, en ningún caso, modificación alguna de los efectos académicos y, en su caso, profesionales, que correspondan al título previo del que esté en posesión la persona interesada, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Máster.
Requisitos de acceso y procedimientos de admisión específicos del título de Máster.
La Comisión Académica del Título es el órgano competente para establecer los criterios de valoración a aplicar para fijar el orden de prelación en la adjudicación de plazas, de acuerdo a la normativa propia de Preinscripción y Admisión a los estudios de másteres universitarios en la UPV y siguiendo las directrices emanadas del vicerrectorado competente en materia de alumnado.
La composición de la Comisión Académica del Título se regula en el artículo 4.2 de la Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado.
Esta normativa está disponible en:
Criterios de Admisión:
Perfil de ingreso recomendado para el título. (Se establece en el pdf del criterio 4.1 Sistemas de información previo).
Grados de referencia y grados afines
Se define como Grado de referencia el Grado en Ingeniería Informática.
Los grados afines son aquellos cuyos egresados demuestren haber adquirido resultados suficientes en los conceptos enunciados en el perfil de ingreso recomendado para el título, y que no requieran complementos formativos. También son afines las titulaciones de Licenciatura, Ingeniería o Ingeniería Técnica Informática según las anteriores Normativas de Ordenación Académica Universitaria.
Las solicitudes serán evaluadas por la Comisión Académica del Máster basándose en las materias cursadas y las evidencias de capacidades y aprovechamiento.
Complementos o admisión sin complementos al máster
Para la admisión en este máster del alumnado que cumpla con los requisitos generales de acceso y los específicos de admisión, no se requieren complementos formativos.
Criterios de admisión y baremación específicos del título
Las solicitudes de admisión al Máster Universitario en Ingeniería y Tecnología de Sistemas Software que cumplan las condiciones de acceso señalados anteriormente serán evaluadas por la Comisión Académica del Máster de conformidad con los criterios de valoración de méritos y selección que se describen seguidamente.
a) Expediente
La valoración del expediente se expresará en una puntuación en escala de 0 a 10 y se obtendrá de la calificación media del expediente del Grado con el que el solicitante accede al Máster, de conformidad con lo indicado en el Artículo 5.3 del Real Decreto 1125/2003, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. A efectos de la obtención de la calificación media citada, no se contabilizan los créditos reconocidos sin calificación. Las calificaciones podrán normalizarse de acuerdo a las condiciones que, en su caso, establezca la UPV.
En el caso de expedientes calificados en escalas diferentes a las indicadas en el RD 1125/2003, se requerirá que la persona interesada aporte una declaración de equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros obtenida del Ministerio competente en materia de Universidades. A aquellas personas que no aporten este documento se les asignará un 5 como nota media de acceso.
b) Adecuación de los estudios previos para el acceso al Máster
Se valorará la adecuación de los contenidos del currículum académico del Grado con el que se solicita el acceso al Máster Universitario en Ingeniería y Tecnología de Sistemas Software. Esta valoración será realizada por la Comisión Académica del Máster. La valoración se expresará en una puntuación en escala de 0 a 10. La valoración del grado de adecuación de los estudios de acceso al Máster Universitario en Ingeniería y Tecnología de Sistemas Software será la siguiente:
- Graduados/as en Ingeniería Informática que acrediten las competencias asociadas al módulo de Ingeniería de Software o al módulo de Sistemas de Información en base al Anexo II del Acuerdo del Consejo de Universidades, B.O.E. 4 de agosto de 2009, Resolución 12977/2009: 10 puntos.
- Graduados/as en Ingeniería Informática o titulaciones con acreditación EURO-INF que no acrediten las competencias asociadas al módulo de Ingeniería del Software o al módulo de Sistemas de Información en base al Anexo II del Acuerdo del Consejo de Universidades, B.O.E. 4 de agosto de 2009, Resolución 12977/2009: 9 puntos.
- Titulados/as en Licenciatura, Ingeniería o Ingeniería Técnica Informática según las anteriores Normativas de Ordenación Académica Universitaria: 9 puntos.
- Grados y titulaciones afines: 8 puntos.
- Otras titulaciones: la calificación será la que estime la CAT en su informe de admisión con un máximo de 7 puntos y siempre atendiendo a que el estudiante puede cursar el máster sin formación complementaria.
c) CV: Currículum Vitae
Se valorará el curriculum vitae del/ de la solicitante, especialmente en aquellos aspectos que tengan que ver con la experiencia laboral en el ámbito del Máster, la formación continua y el conocimiento de idiomas extranjeros.
Los criterios de valoración serán propuestos por la Comisión Académica del Máster. La valoración se expresará con una puntuación en escala de 0 a 10. Se recomienda considerar en la valoración final los tres criterios reseñados.
Se establecen los siguientes pesos:
a) Expediente académico: 40%
b) Adecuación de los estudios previos para el acceso al Máster: 40%
c) Currículum vitae: 20%
Todas las solicitudes recibidas serán ordenadas de acuerdo con la puntuación ponderada obtenida. Serán admitidos tantos solicitantes como plazas se oferten, por estricto orden de prelación, dando prioridad en la matrícula a las personas tituladas respecto de las que todavía no hayan finalizado el grado de acceso en el momento de la admisión, y siempre y cuando la nota mínima obtenida en la valoración sea de un 5 sobre 10 puntos. En caso de que se produzcan renuncias, y siempre que existan solicitudes en lista de espera, se cubrirán las vacantes hasta completar la oferta de plazas o hasta agotar la lista de espera, siguiendo el orden de prelación anteriormente establecido.
Pruebas particulares de acceso o criterios particulares de admisión
No se definen pruebas particulares de acceso o criterios particulares de admisión.
El procedimiento de preinscripción, que incluye la aportación de una serie de documentos necesarios para evaluar las solicitudes: documento identificativo, titulación aportada, expediente académico, curriculum vitae, etc., se realiza mediante una aplicación Web que el Servicio de Alumnado de la Universidad Politécnica de Valencia pone a disposición de los alumnos. Toda la información solicitada en la preinscripción puede aportarse en formato digital, lo cual resulta muy cómodo para los aspirantes y también para la rápida evaluación de las solicitudes. La dirección del máster tiene acceso a los expedientes de los solicitantes y puede demandarles información adicional por correo electrónico en caso de que lo considere oportuno.
El resultado de la evaluación de los expedientes, y la justificación de la propuesta de aceptación o denegación de la solicitud realizada por la dirección del máster, son conocidas por los aspirantes a través de la misma aplicación mediante la cual formalizan su solicitud de acceso.
También cabe mencionar que existe la posibilidad de una preinscripción anticipada, especialmente para aquellos alumnos extranjeros que necesiten realizar largos trámites burocráticos. Esta posibilidad permite solicitar la admisión para cursos futuros, de manera que da tiempo para realizar todos los trámites (cartas de aceptación, visados, etc.) necesarios. Esta tanda, denominada Fase 0, se abre todos los años aproximadamente a mediados de octubre y hasta el comienzo de la primera tanda de admisión establecida en el calendario académico de la UPV.
Admisión para el caso de estudiantes discapacitados.
En el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de la discapacidad, se establecerán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados para evaluar las necesidades de adaptaciones curriculares, itinerario o estudios alternativos a través del apoyo de la fundación CEDAT de la UPV. La fundación CEDAT de la UPV ofrece información y asesoramiento a los miembros de la comunidad universitaria con discapacidad,
así como acompañamiento y apoyo en el aula. Presta ayudas técnicas para el estudio a aquellos alumnos que, por sus necesidades educativas especiales, si así lo requieren. Promueve y gestiona acciones de formación y empleo para este colectivo dentro y fuera de los campus de la UPV, y presta diferentes servicios desde su Centro Especial de Empleo. Asimismo, realiza proyectos de eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas, Planes Integrales de Accesibilidad, auditorías en materia de accesibilidad, revisión de proyectos y asesoramiento y diseño de modelos ideales.
Cupos de reserva de plazas:
La UPV reservará, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas en los títulos universitarios oficiales de Máster Universitario para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa.
En este último caso corresponderá al Servicio de Atención al Estudiante con Discapacidad de la UPV (Fundación CEDAT) la valoración de cada caso para la emisión del pertinente informe sobre la procedencia de formalizar la preinscripción a un título de máster de la UPV por este cupo de reserva de plazas. A estos efectos, la persona interesada aportará al citado Servicio la información y documentación acreditativa que le sea requerida para la valoración de su solicitud.
La ordenación y adjudicación de las plazas dentro de cada cupo se realiza atendiendo a la nota de admisión.
Puedes encontrar información general sobre el acceso en