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Acceso y admisión

Máster Universitario en Arquitectura

Perfil de ingreso

El estudiante que desee cursar los estudios de Máster Universitario en Arquitectura deberá reunir unas aptitudes específicas, que habrá adquirido después de superar el Grado en Fundamentos de la Arquitectura u otro que sea requisito de acceso según la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio.

 

El estudiante que ingresa al Máster Universitario en Arquitectura tendrá las siguientes capacidades:

TABLA 4.1 COMPETENCIAS DEL PERFIL DE INGRESO (*)

 

CG 1

Conocer la historia y las teorías de la arquitectura, así como las artes, tecnologías y ciencias humanas relacionadas con esta.

CG 2.

Conocer el papel de las bellas artes como factor que puede influir en la calidad de la concepción arquitectónica.

CG 3

Conocer el urbanismo y las técnicas aplicadas en el proceso de planificación.

CG 4

Comprender los problemas de la concepción estructural, de construcción y de ingeniería vinculados con los proyectos de edificios así como las técnicas de resolución de estos.

CG 5

Conocer los problemas físicos, las distintas tecnologías y la función de los edificios de forma que se dote a éstos de condiciones internas de comodidad y protección de los factores climáticos.

CG 6

Conocer las industrias, organizaciones, normativas y procedimientos para plasmar los proyectos en edificios y para integrar los planos en la planificación.

CG 7

Comprender las relaciones entre las personas y los edificios y entre éstos y su entorno, así como la necesidad de relacionar los edificios y los espacios situados entre ellos en función de las necesidades y de la escala humanas.

(*) No están previstos apoyos para los estudiantes que accedan sin este nivel de dominio de la competencia.

No es preciso establecer procedimiento de evaluación de dichas capacidades dado que el hecho de estar en posesión de un título de Grado que constituye requisito académico de acceso, es garantía de que los estudiantes de nuevo ingreso se ajustan al perfil propuesto, tal como se señala en el apartado siguiente.

 

Requisitos de acceso

Es requisito para acceder a este Máster Universitario en Arquitectura estar en posesión de un título de Grado que cumpla lo dispuesto en la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de arquitecto. En el caso de la Universitat Politècnica de Valencia, dicho título se denomina Grado en Fundamentos de la Arquitectura por la UPV. Los requisitos de acceso a las enseñanzas de máster, regulados en el artículo 16 y disposición adicional 4ª del real decreto 1393/2007 se ven modificados, para los estudios conducentes a títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de arquitecto, por el Anexo de la Orden EDU/2075/2010, en el que se especifica que:

“Las enseñanzas se planificarán teniendo en cuenta que el acceso a los estudios conducentes a la obtención del título de Máster habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto, requerirá la previa superación de las enseñanzas de Grado a las que se refiere el apartado Primero de este Acuerdo.”

En dicho Anexo se especifican las condiciones que deben cumplir las enseñanzas de Grado que den acceso al título de Máster habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de arquitecto.

 

Criterios de admisión

Los criterios de admisión en el Título de Máster Universitario en Arquitectura se guiarán por lo establecido por el Consejo de Gobierno de la UPV, que el 7 de noviembre de 2013 aprobó las ¿criterios de admisión en los Másteres Universitarios que habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas de ingeniería o provenientes de la adaptación de títulos de segundo ciclo o de primer y segundo ciclo¿.

De acuerdo a lo aprobado en el antedicho Consejo de Gobierno, la ordenación de las solicitudes de admisión se llevará a cabo atendiendo a los siguientes criterios de valoración y selección, ponderados dentro la horquilla que se indica:

a) Expediente académico: 40¿]60%

b) Correspondencia de las competencias de la titulación de acceso con las del Grado de referencia: 40¿]60%

c) Currículum vitae: 0¿]10%

Tal y como se indica en el documento aprobado en el Consejo de Gobierno:

  • La calificación media de cada expediente se normalizará de acuerdo a las condiciones establecidas con carácter general por la UPV.
  • La correspondencia de las competencias de la titulación de acceso con las del Grado de referencia la propone la Comisión Académica del Máster y la aprueba la Comisión Académica del Consejo de Gobierno de la UPV.
  • Los pesos relativos de cada criterio de valoración y selección serán fijados por el centro responsable del máster (ERT) siempre dentro de las horquillas.

 

NORMALIZACIÓN DE LA CALIFICACIÓN MEDIA DEL EXPEDIENTE (Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014)

El objeto de la normalización de la calificación media del expediente es el de asegurar el principio de equidad estableciendo condiciones de comparabilidad de los méritos de los solicitantes cuando concurren circunstancias de diferentes distribuciones de calificaciones para dos promociones provenientes de diferentes centros docentes.

En base a ello, el valor normalizado de la calificación media del expediente a utilizar para valorar el primero de los criterios de valoración y selección de las solicitudes responde a la siguiente expresión:

 

Nnorm = d NRel (1-d) NExp

siendo

NExp = Nota media del estudiante reflejada en el expediente académico.

NRel = Nota relativa calculada a partir de la NExp que refleja el posicionamiento de la nota de expediente del estudiante respecto a la de sus compañeros de promoción en su titulación

d: parámetro que adopta el valor 0.8

Para el cálculo de NRel, se procederá del siguiente modo:

(1) Calcular el valor del percentil de NExp en el conjunto de notas de su promoción. En el caso de estudiantes que procedan de titulaciones que no son de la UPV y de cuya NExp no se conoce su valor de percentil, se calculará el percentil deNExp sobre el conjunto de notas de todas las titulaciones de la UPV que dan acceso al máster.

(2) Obtener el valor de NRel que será la nota que corresponde en el grado de referencia al percentil calculado en (1). Para la determinación de la nota correspondiente en el Grado de Referencia se eliminan el 5% de notas superiores y el 5% de inferiores de dicho Grado de Referencia.

COEFICIENTE DE ADECUACIÓN DEL GRADO DE ACCESO AL GRADO DE REFERENCIA (Aprobado en Comisión Académica de 21 de mayo de 2014)

El objetivo de este indicador es el de dar preferencia, de entre todas las posibles opciones formativas, a aquellos estudiantes que hayan cursado algún Grado en el que hayan podido adquirir unas competencias más o menos cercanas a las definidas en el Grado de Referencia, cuyo coeficiente de adecuación es de 10.

En el caso del Máster Universitario en Arquitectura por la UPV, el Grado de Referencia es el Grado en Fundamentos de la Arquitectura de la UPV, impartido en las ETS de Arquitectura, así como cualquier otro título de Grado que cumpla lo dispuesto en la Orden EDU 2075/2010. No se consideran otros grados de acceso, ya que no existen otras titulaciones que cumplan lo dispuesto en la Orden EDU 2075/2010 en la UPV o en otras universidades.

 

COEFICIENTE DE PONDERACIÓN DE CADA CRITERIO DE VALORACIÓN

Los coeficientes de ponderación que se fijan para los tres criterios de valoración y selección son los siguientes:

a) Expediente académico: 60%

b) Correspondencia de las competencias de la titulación de acceso con las del Grado de referencia: 40%

c) Currículum vitae: 0%

Procedimiento de admisión

La admisión de solicitantes se llevará a cabo ajustándose a los plazos previstos en el calendario académico aprobado por el Consejo de Gobierno de la UPV para cada curso, que establece un periodo ordinario y un periodo extraordinario de solicitudes y un periodo de matrícula.

a) Período ordinario

Se fijará un plazo ordinario de solicitudes.  Para la valoración de estas solicitudes, se considerarán las condiciones académicas que reúna el solicitante en la fecha límite fijada. Para que pueda llevar a cabo la valoración, en dicha fecha se facilitará a la Comisión Académica de cada título un fichero Excel en el que figurará la información correspondiente a la nota normalizada de los solicitantes que hubieran cursado estudios en la UPV, así como los datos necesarios para llevar a cabo la normalización de las notas correspondientes a titulados de Grado procedentes de otras universidades.

Las CAT resolverán las solicitudes en el plazo fijado, cargando la hoja Excel utilizada para la valoración de las solicitudes en la aplicación informática (Vinalopó). La UPV publicará de manera centralizada los resultados de la preinscripción en estudios de máster.  La resolución de la preinscripción indicará:

  • La relación priorizada de solicitantes que han resultado admitidos
  • En su caso, la relación de solicitantes que se encuentren en lista de espera1
  • La relación de solicitantes no admitidos por carecer de algún requisito de acceso

En el período ordinario no podrá ser admitido ningún solicitante que no haya completado todas las condiciones académicas para la obtención del título de Grado, incluyendo, en su caso, el nivel B2 de idioma extranjero en la fecha límite. Para los titulados por la UPV, la información referida a la finalización de los estudios estará incluida en el fichero Excel.

b) Período extraordinario

En los másteres que no hayan cubierto todas sus plazas se abrirá un plazo extraordinario de preinscripción. En este período se incluirán automáticamente todas las solicitudes que no hubieran sido admitidas en el período ordinario por no haber completado las condiciones académicas necesarias para la finalización de los estudios de Grado. En este período se fijará una fecha límite para la consideración de las condiciones académicas de los solicitantes,  fecha en la que se facilitará a las CAT un fichero de los solicitantes correspondientes a este período, con la información académica necesaria para la valoración de sus solicitudes.

Las CAT resolverán las solicitudes en el plazo señalado  y los resultados se publicarán con la misma estructura que en la resolución del período ordinario.

Cualquier solicitud de admisión del período ordinario que reúna los requisitos de acceso tendrá prioridad para la admisión sobre las solicitudes efectuadas en el período extraordinario. En el período extraordinario serán admitidos con carácter preferente los solicitantes que hayan completado las condiciones académicas para finalizar la titulación de acceso. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de existencia de vacantes podrán ser admitidos quienes se encuentren pendientes de finalizar sus estudios de acceso. Esta admisión y la correspondiente matrícula estarán condicionadas a que el solicitante complete sus estudios de acceso antes del 31 de diciembre del curso académico en el que se matricula.

c) Matrícula

La matrícula de los estudiantes admitidos se llevará a cabo, siguiendo el procedimiento general de automatrícula en la UPV, en las fechas fijadas en el calendario general de la universidad para cada curso.

Admisión para el caso de estudiantes discapacitados.

En el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de la discapacidad, se establecerán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados para evaluar las necesidades de adaptaciones curriculares, itinerario o estudios alternativos a través del apoyo de la fundación CEDAT de la UPV.

La fundación CEDAT de la UPV ofrece información y asesoramiento a los miembros de la comunidad universitaria con discapacidad, así como acompañamiento y apoyo en el aula. Presta ayudas técnicas para el estudio a aquellos alumnos que, por sus necesidades educativas especiales, si así lo requieren. Promueve y gestiona acciones de formación y empleo para este colectivo dentro y fuera de los campus de la UPV, y presta diferentes servicios desde su Centro Especial de Empleo. Asimismo, realiza proyectos de eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas, Planes Integrales de Accesibilidad, auditorías en materia de accesibilidad, revisión de proyectos y asesoramiento y diseño de modelos ideales.

 

Estudiantes de otros países.

Los estudiantes de otros países en los que el español no sea idioma oficial deberán acreditar un conocimiento suficiente del idioma para poder ser admitidos.

 

Publicidad de los criterios de admisión

Los criterios de admisión se harán públicos en la web de la UPV, en la que se puede consultar el documento de CGDM. Asimismo, en el caso concreto del Máster Universitario en Arquitectura, existirá un apartado específico para la titulación en la página web de la UPV, en el que se recogerán los criterios de admisión específicos para la titulación.

Puedes encontrar información general sobre el acceso en