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Instrucción y resolución de recursos y reclamaciones en vía administrativa.


Llevar a cabo la tramitación de los recursos y reclamaciones en vía administrativa hasta su resolución definitiva.
A quién va dirigido
- Rector
Cómo solicitarlo
Traslado desde la Secretaría General del correspondiente recurso.

Cómo nos comunicamos contigo
Remisión al Rector de la Resolución para su firma, y notificación por correo certificado con acuse de recibo a los interesados.
Nos comprometemos a
Notificación de la resolución a los interesados:
- Recurso de alzada, extraordinario de revisión, y de revisión de actos nulos: plazo legal de 3 meses desde la fecha de interposición.
- Recurso de reposición: plazo legal de 1 mes desde la fecha de interposición,
- Revocación de actos y rectificación de errores: plazo 3 meses.
- Recurso previo a la vía judicial civil/laboral: plazo legal 3 meses en caso de civil y 1 mes en caso de laboral.
- Revisión de actos anulables: plazo legal de 6 meses.
En todos los casos el plazo está condicionado al cumplimiento de los plazos por terceros.
Horario de atención
- Atención personalizada al usuario durante el horario laboral.
- Información del proceso a los interesados: días laborables de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, previa cita.
¿Tienes dudas?
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